El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pidió al presidente Enrique Peña Nieto emita observaciones al artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior, a efecto de que se privilegie el principio de máxima publicidad, toda vez que la redacción de dicho artículo de pie a la opacidad informativa.
Debido a que la redacción final de la Ley de Seguridad Interior. que recientemente fue aprobada por el Senado de la República, el INAI advierte que “no se garantiza el derecho de acceso a la información, previsto en el artículo 6º de la Constitución, pues lejos de propugnar por la apertura de la información se privilegia la reserva de información”.
El organismo observó que la redacción del artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior dice “la información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”, con lo cual no se privilegia la transparencia ni se garantiza el derecho de acceso a la información, como debe ser obligación en toda norma y actuación del Estado.
Ante ello, el Pleno del INAI reiteró su petición al Jefe del Ejecutivo para que con base a sus competencias “observe la nueva ley, de manera concreta el artículo 9, en favor de la prevalencia del principio constitucional de máxima publicidad”.
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