Según algunos, se trataba de una invitación a invadir inmuebles; para otros, lo que se pretendía era proteger de desalojos arbitrarios a grupos vulnerables.
Poco les duró la ilusión a los invasores de inmuebles en la Ciudad de México, quienes ya se veían protegidos por la Constitución local para apoderarse de casas, departamentos o terrenos sin que nadie pudiera evitarlo. Más aún: de acuerdo con la normatividad, ellos contarían con el amparo constitucional para ser indemnizados por el gobierno capitalino o los propietarios legítimos de los predios, en caso de ser desalojados.
Un artículo mal redactado daba pie a confusiones que, en lugar de poner orden, dejaban la puerta abierta a la práctica de las invasiones, conocida como “paracaidismo”.
Los diputados locales de Morena hicieron modificaciones a la redacción del artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos de la Ciudad de México de manera “descuidada y con prisas”, lo que resultó en una normatividad llena de imprecisiones y con huecos legales que, a pesar de ello y ante el desacuerdo de la oposición, fue aprobada en febrero por los legisladores morenistas, que forman mayoría.
La diputada Margarita Saldaña Hernández, del grupo parlamentario del PAN en el Congreso capitalino, aseguró que, debido a la mala redacción, varias interpretaciones eran confusas, como ocurría con la diferenciación entre lo que es un desalojo forzoso y uno derivado de un juicio.
Explicó que el antiguo artículo establecía que el juez debía otorgar todas las garantías correspondientes al debido proceso, pero además, la autoridad correspondiente (la cual no estaba especificada) tendría que realojar a las personas sujetas al desalojo, lo que hacía pensar a los jueces que, o no podían dictar una sentencia, o no contaban con los elementos para ejecutarla si antes la “autoridad correspondiente” no les garantizaba que esas personas ya fueron realojadas.
Agregó que en caso de que se considerara que la autoridad correspondiente fuese el gobierno de la Ciudad de México, realojar a alguien le representaría una gran carga económica. Por otra parte, si la persona desalojada argumentara que sufrió daños inmateriales, se le otorgaría una indemnización, pero en este caso tampoco se aclaraba quién debería sufragar ese gasto.
Marcha atrás a invasiones
Saldaña Hernández advirtió que de no haberse modificado la redacción del artículo 60, existiría una gran incertidumbre para los propietarios de los inmuebles, se tratara de un pequeño propietario o de desarrolladores inmobiliarios, toda vez que tal como había sido promulgado en febrero, este artículo era una abierta invitación a la invasión o a convertirse en inquilinos morosos, tal como sucedió hace años con las llamadas “rentas congeladas”.
De acuerdo con información de la Secretaría de Gobierno capitalino, durante 2013 se registraron mil 372 desalojos, en 2014 se efectuaron 2 mil 226; en 2015 fueron 2 mil 488; en 2016 aumentaron a 2 mil 712; durante 2017 hubo2 mil 578; en 2018, 2 mil 933, y de enero a marzo de 2019 se contabilizaron 332.
La diputada panista agregó que también resultarían dañados instrumentos mercantiles como las hipotecas, los pagarés o los préstamos que normalmente dan como garantía de un bien inmueble, pues ya no habría confianza para hacer negocios que se rigieran por las leyes de la capital del país y los inversionistas preferirían otras entidades. Por otra parte, la población temía que en otras entidades donde Morena gobierna, la ley fuera replicada.
A pesar de que desde el planteamiento original del artículo 60, diputados del PAN y del PRD expresaron su desacuerdo y señalaron que contenía errores de redacción, los legisladores de Morena desestimaron esa opinión y lo aprobaron.
El Colegio y la Barra de Abogados, el Tribunal Superior de Justicia y el exprocurador General de la República Ignacio Morales Lechuga, hicieron fuertes cuestionamientos a esa normatividad, la ciudadanía manifestó su inconformidad mediante firmas y hasta la propia jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, mostró su desacuerdo, cuando dijo: “me parece que no se puede confundir el derecho a la vivienda con el derecho del poseedor de un edificio al que le pagan la renta”.
Ante esa presión, los legisladores de Morena, que no querían cambiar el texto, tuvieron que ceder. Tras ser modificado, el artículo 60 de la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad se circunscribe ahora a señalar la forma en que debe llevarse a cabo un desalojo.
La otra visión
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), Nashieli Ramírez Hernández, aceptó en entrevista que el artículo 60 tenía problemas de redacción, lo que daba pie a interpretaciones incorrectas, pero negó que se tratara de una normatividad favorable a los invasores o que la ley impidiera que los arrendadores recuperaran su inmueble si no les estaban pagando la renta.
Aseguró que se intentaba evitar los desalojos forzados, derivados de arbitrariedades o de una mala administración de justicia, y consideró que al modificarse la redacción se redujo el nivel de protección para los grupos vulnerables de la población.
El artículo 60 protegía a los grupos vulnerables, dijo. “No tenía nada que ver con el derecho patrimonial, no tenía nada que ver con que si se iba a permitir que se alojaran en áreas de conservación”, advirtió.
La presidenta de la CDHDF reconoció que al modificarse el artículo se aclaró lo que corresponde a las invasiones, pero reiteró que, desde su perspectiva, en ningún momento se pretendía permitirlas. Consideró que con la nueva redacción queda debilitada la protección de personas en situación vulnerable.
“Nos hubiera gustado que estuviera especificado a quién tendría que atender: a personas mayores, a personas con discapacidad, a personas en extrema pobreza… para que se viera fortalecido el desarrollo de programas” comentó la presidenta de la CDHDF.
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