Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), avalaron una Norma Oficial Mexicana (NOM) que permite abortar a las mujeres embarazas como producto de una violación.
La SCJN avaló una norma que ordena a los hospitales públicos del país practicar abortos en los embarazos que resulten de violaciones, sin necesidad de que la víctima denuncie el delito ante el Ministerio Público.
Para el abogado y vicepresidente de la Comisión Mexicana de Derechos Humanos José Luis Espinosa Piña existe mucha confusión en lo que la SCJN aprobó respecto a esta NOM. Explicó que la norma ya existía desde 1999, con un criterio para el aborto por violación; sin embargo, ahora, la Suprema Corte redujo los requisitos para facilitar el acceso a la práctica de asesinato de no nacidos.
Además, considera grave que ya no sea necesaria una denuncia por violación ante la fiscalía para poder llevar a cabo el aborto. Asimismo, sostiene que lo más preocupante es que, al no necesitarse demanda para inducir el aborto, el delito no es perseguido, lo cual atenta contra los derechos humanos y el interés superior de la niñez, en el caso de violación infantil.
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La norma recién aprobada contempla también que, en el caso de niñas menores a 12 años, la solicitud para cancelar su embarazo la podrá hacer su padre, madre o tutor; además, indica que el personal de salud que participe en el procedimiento no estará obligado a verificar la validez del dicho del solicitante.
José Luis Espinosa calificó a este apartado de la NOM como grave e irresponsable, y recordó que la mayoría de las violaciones contra las menores de edad son cometidas por personas cercanas a ellas, como familiares y amigos, por lo cual, se desprotege a la menores.
“Una menor de edad que sufrió una violación puede sufrir amenazas e intimidación que le provoque miedo, pánico, y la lleve a solicitar un aborto sin denunciar, porque a partir de los 13 años, según el documento, ya lo pueden solicitar por sí mismas”, dijo el vicepresidente de la Comisión Mexicana de Derechos Humanos.
La discusión se dio con motivo de una controversia constitucional promovida por los congresos de Baja California y Aguascalientes hace tres años. Las entidades alegaron que la reforma a la NOM-190-SSA-1999, emitida por la Secretaría de Salud, fue ilegal y violatoria a sus atribuciones.
José Luis Espinosa explicó que esta resolución no es definitiva y para serlo, requiere de la mayoría de las opiniones de los ministros; por lo cual, este asunto será reestudiado para que se le incorporen criterios y consideraciones y posteriormente se presente un nuevo proyecto, que se votará en el pleno de la Suprema Corte.
Ante la posibilidad evidente de que esta resolución de la SCJN sea el primer paso de una futura legalización indiscriminada del aborto, el abogado indicó que hace falta un gran debate, e insistió en que la decisión es violatoria de los derechos humanos y naturales al proponer la supresión de la vida, derecho que está incorporado en la constitución y los pactos de San José, que protegen la vida humana como derecho superior.
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