Los beneficiarios de las actividades de las organizaciones de la sociedad civil reciben apoyos de expertos en diferentes áreas específicas.
El presidente López Obrador decidió que los recursos del programa de Coinversión Social que ordinariamente asignan a las organizaciones de la sociedad civil ahora se entreguen directamente a los beneficiarios.
El mencionado programa es administrado por el Instituto de Desarrollo Social (Indesol) e “impulsa proyectos de que inciden en el desarrollo social y productivo mediante la interacción entre la sociedad civil organizada”.
López Obrador emitió una circular en la que ordenó que no se entregaran recursos a ninguna organización de la sociedad civil. El presupuesto asignado al programa de Coinversión Social para este año es de 381 millones de pesos, cuyo monto es menor a los recursos destinados para el mismo programa el año anterior que fueron 671.1 millones de pesos.
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Según el presidente el programa “era una manera de simular que se atendían a grupos vulnerables”. No obstante los propios empleados conocen bien la labor de las organizaciones entre otras cosas porque el Instituto administra el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, en el cual además de estar incluidas dichas instituciones, se deben de informar las actividades que realizan o la disolución de organizaciones.
Cabe mencionar que las organizaciones de la sociedad civil tienen todo un marco legal que no se agota en el programa de Coinversión Social, dicho marco parte de la Ley de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil.
En el artículo 6 de dicha ley se establecen los derechos de la organizaciones, que entre otros están: “Acceder a los apoyos y estímulos públicos que para fomento de las actividades previstas en el artículo 5 de esta ley, establezcan las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables”; “Gozar de los incentivos fiscales y demás apoyos económicos y administrativos, que establezcan las disposiciones jurídicas en la materia” y “Recibir donativos y aportaciones, en términos de las disposiciones fiscales y demás ordenamientos aplicables”.
Por lo anterior, recibir recursos es un derecho de las organizaciones de la sociedad civil y no una concesión graciosa.
Por otro lado, los beneficiarios directos de las actividades de las organizaciones son diferentes productos pero en espacial servicios como capacitación o acompañamiento de expertos en diferentes áreas a las cuales muchas comunidades no tendrían acceso, por lo que una entrega económica a los beneficiarios directos no es equivalente a lo que reciben por las actividades de la instituciones.
Ante la situación descrita los empleados del Indesol, temen perder su fuente de trabajo.
Con información de La Razón.
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