La Sala Superior del TEPJF revocó la anulación de las elecciones en Querétaro emitida por la Sala Regional de Monterrey.
Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó revocar la anulación de las elecciones en Huimilpan y en Querétaro capital.
Luego de que el pasado 28 de septiembre la Sala Regional de Monterrey emitiera una sentencia que anulara la elección para renovar los ayuntamientos de Querétaro y Huimilpan, el Partido Acción Nacional impugnó ante la Sala superior del TEPJF dicha anulación.
Al respecto, la Sala Superior determinó que las publicaciones en redes sociales del alcalde interino de Querétaro, Enrique Correa no representaron una propaganda electoral, ya que los informes atienden a su agenda de trabajo y a sus funciones diarias, pues sólo daba cuenta de sus actividades.
Las publicaciones, señaló el magistrado José Luis Vargas, se dieron en una página personal y no del ayuntamiento, por lo que no se hizo uso de recursos públicos y no aparecieron partidos ni candidatos mencionados. Señaló que es infundado querer promover programas sociales o con el fin de persuadir al electorado, además de no solicitar el voto o condicionamiento de entrega de apoyos ya que eran solamente informativos.
Por tal motivo no habrá nuevas elecciones en dichos municipios y queda ratificado el triunfo electoral de Luis Nava en Querétaro y de Leticia Servín en Huimilpan.
Coyoacán
Referente a las elecciones en Coyoacán, la Sala Superior del Tribunal Electoral también desechó la sentencia de nulidad emitida por la Sala Regional de la Ciudad de México y solicitada por el partido Morena.
El magistrado Felipe de la Mata consideró que no se acreditó debidamente que el uso de programa social alguno haya beneficiado al candidato ganador, Manuel Negrete. Señaló también que, aunque se comprobó que durante la contienda electoral hubo violencia de género contra la candidata de Morena, María Rojo, no se advierte la responsabilidad de Negrete.
Finalmente, recordó que el objetivo del Tribunal es preservar el voto, por lo que desestimó que sea necesario anular la elección, dado que el margen de votos qué hay entre el ganador de los comicios y el segundo lugar es muy amplio: 11.11%.
@yoinfluyo