La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos, ordenar a María Alejandra Barrales Magdaleno, separarse del cargo de presidenta nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), a más tardar el 9 de diciembre, porque dejó de estar justificada la medida excepcional que tenía el efecto de suspender la aplicación del artículo 111 del Estatuto, que prohíbe ocupar la dirigencia mientras se ejerce un cargo de elección popular.
El Pleno consideró que actualmente está en curso un proceso de renovación de la dirigencia nacional del partido del sol azteca, llevado a cabo en acatamiento a una sentencia previa de la Sala Superior, y estimó que Barrales Magdaleno deberá separarse de la presidencia partidista.
Al resolver el SUP-JDC-840/2017 y acumulado, promovido por Carlos Sotelo, el Pleno del TEPJF indicó que, de separarse antes de la fecha mencionada, los órganos competentes del PRD deberán conducirse conforme a las normas estatutarias respectivas para ocupar la ausencia temporal correspondiente.
En la sentencia se establece que, en el supuesto de que antes del 9 de diciembre Barrales Magdaleno exhiba al Comité Ejecutivo Nacional del PRD la solicitud de licencia a su cargo de Senadora, ella podrá continuar en el cargo de dirigencia nacional hasta el 11 de diciembre de 2017, teniendo en cuenta que, de conformidad con la resolución del incidente de imposibilidad de cumplimiento de la sentencia del juicio SUP-JDC-633/2017, esa es la fecha en la que, a más tardar, “la nueva dirigencia deberá rendir protesta e iniciar funciones formal y materialmente”.