La Cámara de Diputados aprobó las reformas a la Ley de Amparo que entre sus principales cambios establece que en materia de amparo “no procede la suspensión cuando se promueva en contra de una reforma a la Carta Magna”. Asimismo, las sentencias dictadas en los juicios de amparo, que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, “no podrán fijar efectos generales, sino que atenderán únicamente a las partes”.
Además, el juicio de amparo no procederá contra actos del Órgano de Administración Judicial y del Tribunal de Disciplina Judicial, antes conocido como el Consejo de la Judicatura Federal.
En lo que toca a las multas establecidas en la Ley de Amparo, sustituye el término salario mínimo por el de Unidad de Medida y Actualización.
Con una votación en lo general de 338 votos a favor, 126 en contra y cero abstenciones y, en lo particular, 323 votos a favor, 123 en contra y cero abstenciones, el documento aprobado fue enviado al Ejecutivo Federal, para su promulgación.
Por otra parte, las reformas prevén que pasará de ocho a seis el número de votaciones de los ministros para que las decisiones de la Corte sean válidas para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas para los casos en que se establezca jurisprudencia por precedentes o por declaración de inconstitucionalidad de una norma general.
Ciudadanos desamparados
Durante la discusión de la minuta, Margarita Zavala, diputada del PAN, dijo que el día de hoy se incumple una vez más con el deber constitucional de brindar en todo tiempo y a todas las personas la protección más amplia de los derechos humanos, pues la reforma elimina la seguridad política al suprimir la figura del juicio de amparo.
Agregó que se termina con la independencia y autonomía judicial, a través del sometimiento de las decisiones a los intereses electorales, porque lo que antes era un derecho de todas y todos ahora estará sujeto a la conveniencia política del momento y se hará menos universal el acceso a la justicia.
En consonancia, el diputado Arturo Yañez Cuellar (PRI) afirmó que la reforma vulnera derechos y es un retroceso al Estado de derecho. Relató que cuando un mexicano promueve un juicio de amparo contra una reforma inconstitucional, si la Corte lo declara procedente los efectos benefician a todas las personas; sin embargo, con la reforma “quien tenga dinero promoverá amparo, pero los efectos solo beneficiarán a quien lo promovió”.
Comentó que con el dictamen se ahuyenta la inversión extranjera y da un mal mensaje a las calificadoras internacionales, porque la supremacía constitucional está incorrectamente enfocada y diseñada. “El único poder de defensa que tenía la ciudadanía era el juicio de amparo y ahora se anula al poner primero al poder que a la ciudadanía”.
A su vez, el diputado Gustavo Adolfo de Hoyos Walther (MC) afirmó que la reforma es profundamente anticonstitucional, ya que no hay una motivación que vaya acorde con el principio de los derechos humanos; este proceso es anticonstitucional y de destrucción del andamiaje del país.
Las reformas a la Ley de Amparo y a la Ley Reglamentaria, dijo, no pretenden consagrar la supremacía constitucional, pues su finalidad es despojar a la justicia constitucional de herramientas de derechos fundamentales, limitar los efectos de las sentencias de amparo y desconoce la complejidad de los derechos humanos. “El querer modificar la ley no es hacer justicia ni avanzar en la democracia”.
Y ahora, ¿quién podrá defender a los ciudadanos?
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