Los datos biométricos hacen referencia a aspectos que permiten ser asociados, de manera púnica, a una persona y, por ende, constituyen características insustituibles.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y organizaciones que promueven la defensa de los derechos digitales advirtieron que el registro de datos biométricos en un padrón nacional puede representar riesgos para la protección de datos de personas.
Luego de que el pasado martes el Senado de la República aprobó una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que busca otorgar atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para la instalación, operación, regulación y mantenimiento del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM) para fines de identificación de los ciudadanos.
El PNUTM tiene la finalidad de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad pública y justicia, ante la comisión de delitos cometidos por usuarios de la telefonía móvil.
Ante esto, a través de un comunicado, el INAI indicó que registrar los datos biométricos de los usuarios en un padrón nacional podría vulnerar el derecho a la protección de datos personales. Por lo que considera imprescindible limitar al máximo la recolección de datos biométricos que pudieran revelar información sensible de las personas.
Para el instituto, el manejo de datos biométricos relacionados con la identidad de una persona, así como el tratamiento de los otros datos que se recaben, requieren del mayor cuidado posible, puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación, sobre todo, considerando que los datos biométricos hacen referencia a aspectos que permiten ser asociados, de manera púnica, a una persona y, por ende, constituyen características insustituibles.
El INAI considera imprescindible limitar al máximo la recolección de datos biométricos que pudieran revelar información sensible de las personas, así como obtener y utilizar únicamente los que sean necesarios, adecuados y no excesivos para las finalidades con las que serán recabadas.
Datos que estarán en el PNUTM:
• Número de línea de telefonía móvil.
• Fecha y hora de activación de la línea telefónica móvil.
• Nombre completo del usuario.
• Denominación o razón social del usuario.
• Nacionalidad.
• Número de identificación oficial y Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea.
• Datos biométricos del usuario (persona física) o de su representante legal (persona moral).
• Domicilio del usuario.
• Datos del concesionario de telecomunicaciones.
• Esquema de contratación de la línea.
• Avisos de actualización de información.
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