La Comisión de Prerrogativas y Partidos propondrá al Consejo General del INE ordenar a los partidos garantizar el otorgamiento de candidaturas a personas trans, migrantes o con alguna discapacidad.
La Comisión de Prerrogativas y Partidos del Instituto Nacional Electoral (INE) fijó el 23 de diciembre como fecha límite para que los partidos políticos registren ante el INE los convenios de coalición para el proceso electoral 2020-2021.
En sesión virtual, los integrantes de la Comisión de Prerrogativas y Partidos analizaron los criterios y plazos de procedimientos relacionados con el periodo de precampañas para el proceso electoral Federal 2020-2021, que incluye la fecha límite para definir quiénes competirán en coalición. También acordaron que los partidos deberán postular a personas indígenas en 13 distritos.
Asimismo, los integrantes de la comisión se pronunciaron en favor de ordenar a los partidos garantizar el otorgamiento de candidaturas a personas trans, migrantes o con alguna discapacidad.
La consejera Diana Ravel pidió se apliquen mecanismos para evitar lo ocurrido en Oaxaca, donde un grupo de hombres se hicieron pasara por personas trans para obtener candidaturas. “Qué vamos a hacer para que no se replique la simulación que se dio con los muxes en Oaxaca; tampoco podemos excluir de las acciones afirmativas a las mujeres afromexicanas”, indicó.
Por último, la Comisión de Prerrogativas y Partidos del INE también determinó que el 22 de diciembre de este año al 30 de enero de 2021, los partidos deberán aprobar a sus precandidaturas a diputados federales. Además, el Partido Encuentro Solidario (PES) tendrá hasta el 30 de octubre para informar al instituto el método para seleccionar a sus candidatos, porque su registro se concretó apenas el 4 de septiembre.
Qué son las coaliciones
Cabe señalar que en las coaliciones, dos o más partidos políticos pueden postular candidaturas en común por el principio de mayoría relativa y a la Presidencia.
Existen tres tipos de coaliciones: total, se postulan 100% de candidaturas; parcial; al menos 50% de las candidaturas; y la flexible, al menos 25% se las candidaturas. Cada partido debe aparecer con su propio emblema en la boleta electoral. La ley electoral señala que en un mismo proceso electoral los partidos políticos no pueden celebrar más de una coalición.
Los partidos deben registrar su convenio como coalición ante el INE, en caso de elecciones federales, y ante el Organismo Público Local Electoral (OPLE), en caso de elecciones locales.
Independientemente de la coalición, cada partido debe registrar listas propias de candidaturas por el principio de representación proporcional. Al terminar la etapa de resultados y declaraciones de validez, la coalición se da por concluida automáticamente. Las y los candidatos electos quedarán comprendidos en el partido o grupo parlamentario señalado en el convenio de coalición.
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