La expropiación de la Refinería Miguel Hidalgo y la orden de ocupación temporal de la planta a favor de Pemex Transformación Industrial lejos de representar un acto de soberanía, se convierten en un preocupante mensaje de arbitrariedad y un atentado a la seguridad jurídica, además de desalentar gravemente la atracción de inversiones y desaprovechar la gran oportunidad del nearshoring, aseguró la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).
El gobierno federal publicó el viernes 29 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto por el que declara de utilidad pública la conservación y prestación del servicio de suministro de hidrógeno, su uso, aprovechamiento, operación y explotación, y demás mejoras de la Planta Productora de Hidrógeno U-3400, ubicada en la fracción de terreno al interior de la Refinería Miguel Hidalgo, ubicada en Tula de Allende, estado de Hidalgo. En el mismo acto jurídico, ordenó la ocupación temporal inmediata a favor de Pemex Transformación Industrial como empresa productiva del Estado subsidiaria de Pemex.
Cabe recordar que la empresa francesa Air Liquide adquirió la planta en 2017 para suministrar hidrógeno a la refinería durante 20 años, con el objetivo de reducir costos a Pemex.
Sin embargo, el gobierno justifica su decisión de expropiación, entre otras cuestiones, al señalar que la Refinería de Tula paga una cuota fija a un suministrador de hidrógeno, lo que encarece los costos de suministro de hidrógeno a bajos niveles de proceso de crudo.
Por lo que “en aras de lograr el objetivo del gobierno federal de alcanzar la soberanía energética, entre otros, mediante autosuficiencia en la producción de petrolíferos, es necesario contar con la autonomía de suministro de hidrógeno en la Refinería Miguel Hidalgo, en Tula, Hidalgo, sin depender de agentes externos que puedan resultar ajenos a los intereses sociales y de beneficio público que persigue el Estado mexicano para lograr sus cometidos constitucionales“.
Ante ello, la Coparmex conminó al Poder Ejecutivo a actuar con responsabilidad, a agotar los mecanismos de diálogo y negociación con empresas proveedoras, permisionarias, concesionarias o licitantes con las que tenga diferencias, antes de realizar actos unilaterales como la ocupación o expropiación de bienes.
En otro aspecto y de acuerdo a lo dicho en el decreto, el monto de la indemnización deberá cubrirse de conformidad con el avalúo que realice el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Asimismo, dentro de los 10 días posteriores a la entrada en vigor del decreto, los interesados pueden acudir al procedimiento para controvertir el monto de la indemnización.
En este sentido, el organismo empresarial advirtió que si bien estas acciones son reguladas por la Ley de Expropiación que establece las causas de utilidad pública, y regula los procedimientos, modalidades y ejecución de las expropiaciones, este decreto no indica el plazo de ocupación temporal y es ambiguo en algunos aspectos, lo que impide la posibilidad de calcular la indemnización prevista en el artículo 2 Bis. de dicha legislación.
Por otra parte, la Coparmex externó su preocupación por que “el gobierno federal está desarrollando una estrategia de reestatización de ciertas actividades de la economía, cuya manifestación más preocupante es la apuesta por militarizar dichas tareas como ocurrió recientemente con la compra, gestión y distribución de medicamentos y la operación de una línea aérea.
Al mismo tiempo, refirió que México no tiene experiencias positivas con la estatización de actividades económicas ya que han generado profundos costos económicos por ineficiencias y por malas gestiones de empresas públicas.
De igual manera, han generado un negativo impacto social afectando, en última instancia, a las familias al tener que pagar sobrecostos, recibir malos servicios o asumir el pago de deuda mediante impuestos, concluyó.
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