Al limitar amparos, buscan que no se puedan parar obras y leyes del partido en el poder

Las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda aprobaron, con 19 votos a favor y 13 en contra, un proyecto que reforma los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, para limitar la posibilidad de que los órganos jurisdiccionales, dentro de los juicios de amparo que se interpongan contra leyes que se expidan por el Congreso de la Unión o de los estados, otorguen suspensión provisional y definitiva con efectos generales.

Durante la sesión, senadores de oposición rechazaron el proyecto. Al respecto, Damián Zepeda del PAN dijo que el ciudadano tiene el juicio de amparo como medio de defensa ante los abusos de la autoridad y, en casos extremos, este tiene efectos generales para proteger a todos. Por ello, subrayó que estas modificaciones buscan que no se puedan parar las obras y las leyes del partido en el poder.

Por su lado, la senadora Claudia Edith Anaya Mota, del PRI, aseveró que esta reforma es innecesaria, pues lo único que se debe hacer es cumplir con la ley y con lo que mandata la Constitución. Además, enfatizó que la propuesta busca limitar los derechos de las personas y restringir la facultad de los jueces para tomar criterios.

En tanto, Laura Ballesteros de Movimiento Ciudadano afirmó que esta propuesta “daña el corazón de la división de poderes”. Además, indicó que dejará sin protección a la población que no pueda pagar un abogado ante los abusos de poder de cualquier autoridad.

Los senadores de oposición no fueron los únicos en estar en contra de este proyecto impulsado por Ricardo Monreal de Morena, también la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) externó su rechazo a la propuesta.

El organismo empresarial indicó que “esta iniciativa es contraria a los principios fundamentales establecidos en la Constitución y pone en riesgo los derechos colectivos, la eficacia de las resoluciones judiciales y restringe la discrecionalidad judicial, impidiendo un análisis ponderado de los casos en beneficio del orden público e interés general”.

Añadió que el juicio de amparo es un recurso legal que permite que los gobernados puedan impugnar la constitucionalidad de leyes, actos administrativos y sentencias judiciales que consideren que vulneran sus derechos fundamentales.

Señaló que la iniciativa pretende limitar la facultad de los jueces para otorgar la suspensión de un acto con efectos generales.

“Al limitar los casos para el otorgamiento de la suspensión, se evita el margen de operación judicial contemplada en el último párrafo del artículo 129 de la Ley de Amparo, lo que conlleva a desconocer los derechos colectivos y amenaza la eficacia de las resoluciones judiciales al consumarse los actos sin considerar las excepciones en el principio de relatividad aplicable a la suspensión”, subrayó.

La Coparmex se pronunció por preservar la integridad del sistema jurídico y evitar que las reformas se vean influenciadas por intereses políticos.

Destacó que la Constitución es la norma de mayor jerarquía en el orden jurídico y todas las leyes y acciones del Estado deben estar en conformidad con sus principios; ya que es la base para proteger nuestros derechos fundamentales y garantizar el Estado de Derecho.

“Es fundamental que cualquier modificación a la Ley de Amparo se enfoque en cuestiones jurídicas para garantizar el respeto de los derechos humanos y de la sociedad en su conjunto; insistimos en que se debe profundizar y ampliar la garantía de derechos, no promover regresiones. La protección de estos derechos es una responsabilidad compartida que debe prevalecer sobre cualquier consideración política”, concluyó.

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