En apoyo a la población, el gobierno capitalino acordó suspender trámites y obligaciones fiscales, pero no son suficientes por contemplar sólo ampliación de plazos.
Como parte de las medidas para prevenir contagios del COVID-19, el gobierno de Ciudad de México informó que suspenderá términos y plazos de trámites, actuaciones y diligencias administrativas, además de otorgar facilidades para el cumplimiento de ciertas obligaciones fiscales.
De acuerdo con la Gaceta Oficial publicada este viernes, las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública capitalinas cancelarán, del 23 de marzo al 19 de abril actuaciones y diligencias en procedimientos administrativos como: inicio, substanciación, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, acuerdos, diligencias, resoluciones, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de defensa y demás actuaciones.
También se cancela la recepción de documentos e informes, visitas de verificación, atención al público en ventanilla, solicitudes de informes o documentos, así como cualquier acto administrativo emitido por las personas servidoras públicas que incidan o afecten la esfera jurídica de los particulares.
Asimismo, lo que corresponde a la recepción, registro, trámite, respuesta y notificación de las solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Datos Personales tendrán una pausa.
Extienden calendario a impuestos
Como parte de las acciones dirigidas a controlar y combatir la transmisión del coronavirus, el gobierno capitalino decretó dar prórroga a los plazos para el cumplimiento de las obligaciones fiscales contenidas en el Código Fiscal de la Ciudad de México, consistentes en la presentación de declaraciones y la realización de los pagos que deban efectuarse durante el mes de abril de 2020, pudiendo realizarlas hasta el 30 de abril del mismo año.
En el caso del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos cuyo vencimiento para la obtención del subsidio es el 31 de marzo de 2020, se otorga una ampliación para la obtención de la condonación respectiva hasta el 30 de abril.
Lo que sigue igual
El acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México señala que las excepciones en la suspensión de términos y plazos corresponden a la atención al público en las ventanillas y la realización de trámites en materia de desarrollo urbano, de la construcción y del sector inmobiliario.
Asimismo, las necesarias para el otorgamiento de instrumentos relacionados con inmuebles ante notarios públicos de expedición de certificados de existencia o inexistencia de gravámenes vía telemática, constancias de adeudos de predial y agua, certificados únicos de zonificación de uso de suelo, sábanas para acreditar el valor catastral, registro de avalúos comerciales en SIGAPRED, consulta de instrumentos y expedición de copias certificadas y testimonios y constancias de Folios. Por lo que la actividad pública en estas materias seguirá operando con normalidad.
Lo que ve un experto
En opinión del asesor fiscal, jurídico y laboral Ernesto Sanciprian, las medidas tomadas otorgadas por el gobierno de la Ciudad de México, son insuficientes dado que únicamente prevé la suspensión de los plazos y frena a los de fiscalización de la autoridad local, además de ser pobre el diferimiento del plazo para presentar declaraciones y enterar de impuestos.
En lo que respecta al Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, Sanciprian destaca que los contribuyentes que pueden acceder a esta prórroga sólo son personas físicas o morales sin fines de lucro tenedoras o usuarias de vehículos, cuyo valor incluyendo el IVA una vez aplicado el factor de depreciación sea de hasta 250 mil pesos. Lo que deja desprotegidos a los que por su naturaleza deben cubrir este impuesto sin que estén relevados del mismo, según lo publicado en la revista especializada IDC.
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