CSW. Semana de la Mujer ¿Y la familia?

Definamos qué es la CSW:

La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW por sus siglas en inglés) es el principal órgano internacional intergubernamental dedicado exclusivamente a la promoción de la igualdad de género, los derechos y el empoderamiento de la mujer. Se trata de una comisión orgánica dependiente del Consejo Económico y Social, creado en virtud de la resolución 11(II) del Consejo, de 21 de junio de 1946.

Este lunes 10 de marzo da comienzo en la Organización de las Naciones Unidas, aproximadamente 6,000 feministas, muchas de las cuales se consideran a si mismas como “feministas radicales” estarán en el complejo ONU en Nueva York para asistir a la conferencia anual CSW.

La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer desempeña una labor crucial en la promoción de los derechos de la mujer y las niñas documentando la realidad que viven en todo el mundo, elaborando normas internacionales en materia de igualdad de género y empoderamiento de las mujeres y las niñas.

En 1996, en virtud de la resolución 1996/6, el Consejo Económico y Social amplió el mandato de la Comisión y decidió que debería asumir un papel de liderazgo en la seguimiento y revisión de los avances y las dificultades encontradas en la implementación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, así como en la incorporación de la perspectiva de género en las actividades de las Naciones Unidas.

Durante el periodo anual de sesiones de la Comisión, los representantes de los Estados Miembros de las Naciones Unidas, las organizaciones de la sociedad civil y las entidades de las Naciones Unidas se reúnen, durante dos semanas en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York para debatir sobre los avances y las brechas en la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing de 1995, el principal documento de política mundial sobre igualdad de género, y la 23ª Sesión Especial de la Asamblea General, celebrada en 2000 (Beijing +5), así como sobre las cuestiones emergentes que afectan la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer, sesión a la que esta autora tuvo el privilegio de ser incluida en la elaboración del Informe Oficial de México ante Beijing + 5.

El tema de esta sesión CSW 2025 es una revisión de los históricos documentos ONU generados en Beijing en 1995. Treinta años después, “Beijing + 30” comienza este lunes 10 de marzo. Se anticipaba que el documento final sería simple, pero no lo será, ya que el llamado ‘borrador cero’ de la supuesta “Declaración Política” ha estado lleno de términos controvertidos.

El enfoque principal de la sexagésima novena sesión será la revisión y evaluación de la implementación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y los resultados de la 23ª sesión especial de la Asamblea General. La revisión incluirá una evaluación de los desafíos actuales que afectan la implementación de la Plataforma de Acción y la consecución de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, así como su contribución a la plena realización de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Veamos con más claridad un ejemplo de lo que sucede:

El borrador más reciente de la Declaración Política CSW contiene 49 usos de la palabra “género” sin referirse al original documento de Beijing (1995) en donde, después de semanas de negociaciones, fue agregado un calificador sobre “género” al Anexo IV afirmando que “no había ningún indicador de ningún nuevo significado ni connotación de los términos, diferentes de los aceptados antes de su uso. Esta clarificación del lenguaje es importante para mantener a raya la “ideología de género”, sin embargo, el término “género” hasta ahora, permanece sin definir en el borrador que es actualmente negociado. Quizá sorpresivamente para algunos, este uso no calificado, hace difícil para el lenguaje a favor de la familia, ser incluido en los documentos negociados.

En las Naciones Unidas, sin importar el tema del que se hable, se encuentran insertados en los borradores a discusión, variaciones de “salud y derechos sexuales y reproductivos” (aborto) y fórmulas del lenguaje que son al final, una promoción coercitiva de cualquier comportamiento sexual – definido por los términos “derechos sexuales”, “salud sexual reproductiva (SRH) y/o “salud y derechos sexuales y reproductivos” (SRHR).

El objetivo de la oposición es insertar tanto lenguaje ambiguo como sea posible esperando que los delegados involucrados en las negociaciones no lo reconozcan o no sientan tener el suficiente poder de estar en contra de los países desarrollados del mundo que los presionen. De todas formas, miembros de la coalición de organizaciones a favor de la familia trabajan para informar y apoyar a misiones que obtengan que sea removido el problemático lenguaje.

Algunas organizaciones a favor de la familia ya se encuentran preparando conferencias y paneles para aclarar y contrarrestar las tendencias radicales. Como, por ejemplo, hay eventos paralelos a la Conferencia, de los cuales solo mencionamos uno de los interesantes temas que se presentarán: “Empoderando a las Mujeres a Través de la Religiosidad y la Formación Familiar.”

Hasta este momento, en la antesala de la Conferencia, la gran noticia es que el lenguaje de “salud sexual y reproductiva” ha sido suprimido de la Declaración Política CSW. Este logro se debe al gran trabajo de la coalición a favor de la familia que han estado trabajando para que ese término fuese removido, lo cual es un gran triunfo anticipado.

En un resumen de algunos de los puntos más preocupantes en la última Conferencia de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW65) podemos decir lo siguiente:

  • El texto final convoca al “acceso universal a servicios del cuidado a la salud sexual y reproductiva, incluyendo para planificación familiar, información y educación, el cual es un término con la intención de abarcar la educación integral en sexualidad (EIS) sin mencionarlo directamente, el cual instruye entre otras cosas sobre género y diversidad sexual, contrario a la familia.
  • Otra referencia que fue incluida fue: “los derechos de la mujer incluyen el derecho a tener el control sobre y decidir libre y responsablemente sobre todas las materias relativas a su sexualidad, incluyendo la salud sexual y reproductiva,” frase interpretada a menudo para comprender el aborto y derechos LGBT y de prostitución.
  • La frase “Educación integral científicamente exacta y apropiada a la edad” incluyendo “información sobre la salud sexual y reproductiva y la prevención del SIDA” fue incluida en el texto. Esta frase es altamente problemática porque los defensores de la Comisión sobre Desarrollo Sostenible (CSE), ahora están cambiando el título de sus programas de “educación integral en sexualidad y educación en salud reproductiva” para que se aparten del estigma que es asociado ahora con la etiqueta de la “educación integral en sexualidad.”

Por último, me permito agregar un resumen de la declaración de la Dra. Miriam Grossman ante la Conferencia Mundial CSW 2010.-

He descubierto que la visión de grupos tales como Planned Parenthood y SIECUS – líderes en educación de la sexualidad en Estados Unidos— no es salud sexual. Es libertad sexual. Tácitamente promueven la actividad sexual temprana y múltiples parejas, así como experimentación sexual, que son comportamientos que promueven la epidemia de enfermedades de transmisión sexual VIH/SIDA, abortos y angustia emocional… Una de las cosas que deben ser entendidas es que la ‘educación sexual’ es un movimiento social. Su meta es el cambio de la sociedad.”

En otras palabras, la “educación integral en sexualidad” (EIS) (ya enseñada en escuelas secundarias públicas en México), es una receta para la anarquía sexual.

Esperemos pronto el resultado final de la Conferencia Mundial CSW65 y así darnos cuenta del papel de México en la misma.

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* Las opiniones expresadas en esta columna son de exclusiva responsabilidad del autor y no constituyen de manera alguna la posición oficial de yoinfluyo.com

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