Adiós a la Acción de Inconstitucionalidad

Poco a poco gana la tensión la importancia de lo que se discutirá en el Instituto Nacional Electoral, con respecto a la asignación de los diputados de representación proporcional. Poco a poco, distintas voces de la sociedad civil se alzan para reclamar una asignación conforme al espíritu de la Constitución y de acuerdo con la voluntad popular expresada el pasado 2 de junio. A los partidos políticos les falta un poco de enjundia, pero supongo que ya están preparados.

Morena encabezó una coalición que ganó y que para la conformación del congreso obtuvo el 54% de los votos.

De acuerdo con la Constitución, opera el 8% como un límite a la asignación de diputados de Diputados de Representación Proporcional. Es decir, la coalición ganadora podría tener 62% de la Cámara.

El 62% en sí mismo es muchísimo, significan más o menos 310 diputados federales. Es decir, tendrían una holgada mayoría absoluta.

Les faltarían nada más 25 votos para lograr una mayoría calificada para aprobar las reformas constitucionales. Porque con el 66% de la cámara sería suficiente.

Pero al gobierno no le parece suficiente lo que la voluntad popular concedió a los partidos de su coalición, que fue una tranquila mayoría absoluta. No le parece suficiente el 62%, quiere el 75% de la Cámara. ¿Por qué Morena no quiere el 54%, ni el 62%? ¿Por qué quiere forzar una fórmula, engañar con un convenio de coalición, violentar la Constitución y quedarse con el 75%?

La respuesta es la siguiente:

Con el 75% de la Cámara de Diputados, la oposición, es decir coma el resto del país, no tendría derecho a defenderse a través de la Acción de Inconstitucionalidad.

La Acción de inconstitucionalidad es un juicio que puede iniciarse por una minoría parlamentaria y tiene por objeto que la corte pueda declarar la inconstitucionalidad de una ley. Pero la minoría parlamentaria en cuestión debe representar al menos el 33%. Si Morena se lleva el 75% de la Cámara, los diputados de oposición nunca podremos presentar la mencionada acción de inconstitucionalidad.

Por si esto fuera poco, Morena reformó la ley para que no se permitan los efectos generales de una sentencia de amparo. El retroceso es enorme porque regresamos a la época en el que sólo las personas con mucho dinero podrán ampararse.

Ojalá tanto el INE como el Tribunal Electoral entiendan la responsabilidad que significa actuar conforme a la ley, a la Constitución, al espíritu de esta y tengamos una Cámara de Diputados que realmente refleje la voluntad popular expresada en las urnas. Ganaron el 54% pueden tener el 62%, pero nunca el 75%.

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