Hacer la ley a modo

La separación y equilibrio entre los poderes del Estado ha sido concebida como una fórmula orientada a pedir las autocracias y la tiranía. Su razón de ser, siempre y cuando se le respete y sea vigente, es lograr que la sociedad pueda disfrutar de un orden político basado en la justicia. En esta concepción política se finca la República. La pérdida de este equilibrio hace muy difícil el bien común que es necesario para el desarrollo de las personas y de la sociedad.

En esta concepción, el Poder Legislativo tiene una gran importancia y responsabilidad. Se trata de elaborar leyes que propicien la armonía entre los mismos poderes, entre estos y la sociedad, y de los ciudadanos entre sí. Lograrlo no es fácil, sin duda, por lo cual se requiere de prudencia y sabiduría, entendida ésta en el buen sentido de buscar el bien y no tanto en una erudición libresca. Esto es así porque la ley es el hilo de conducción de las conductas públicas de quienes integran el Estado.

La ley tiene que ser general y no puede estar dirigida a grupos o personas en particular para favorecerlos o perjudicarlas. La ley, también, tiene límites. No puede ni debe abarcarlo todo, pues existen ámbitos de la vida personal que no tienen por qué ser controlados por el Estado, aunque hoy, desgraciadamente, se ha extendido su acción hasta la intimidad de los hogares.

El Poder Ejecutivo tiene su ámbito de acción pública, como su nombre lo indica, ejecutando aquellas acciones de gobierno que le son señaladas por la ley. Su ámbito está claramente definido, así como las competencias que le corresponden, de acuerdo a los niveles de gobierno en que está organizado el Estado: federal, estatal y municipal. Su campo de acción y el de los funcionarios que lo integran no puede ir más allá de sus facultades. Existe un principio que señala que los funcionarios públicos solo pueden hacer lo que la ley les permite. Su campo de acción no puede ser discrecional.

Finalmente, el Poder Judicial tiene la facultad de analizar la forma como se aplican las leyes, tanto por parte de las autoridades como de los ciudadanos. Su ámbito de acción abarca, incluso, al Poder Legislativo, ya que entre otras, tiene la función de revisar que las leyes que emite el Congreso y el modo como se elaboran, sean congruentes con las disposiciones de la Constitución y las leyes que también les aplican a ellos. El autor de la ley no está exento de cumplirla. La facultad revisora del Poder Judicial abarca los actos del legislativo y del ejecutivo. Con ello se busca evitar el abuso del poder.

La Corte es un Tribunal Constitucional que debe velar porque las leyes se elaboren correctamente y de acuerdo con la forma como está constituido el Estado. Su función de intérprete de la Constitución es fundamental, ya que a ella corresponde garantizar que se viva un Estado de Derecho. Cuando alguno de los dos poderes viola la ley o actúa fuera del marco que ella representa, se han establecido recursos para corregir tales acciones: el juicio de amparo, las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales.

La anterior administración se sintió dolida porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación falló en contra de algunas acciones y disposiciones legales por no cumplir con la forma o el fondo de algunas leyes. De ahí proviene el paquete de propuestas de reforma a la Constitución denominada Plan C, que tienen como objetivo cambiar la estructura del Poder Judicial denominada Plan C, que tienen como objetivo cambiar la estructura del Poder Judicial y la forma de designar a jueces, magistrados y ministros, así como su organización, desapareciendo el Consejo de la Judicatura.

El desaseo con que se ha concebido la reforma, que ha encontrado fueres críticas por la abogacía mexicana, tanto del ámbito universitario, de los organismos de investigación, los colegios de abogados, exministros de la Corte y trabajadores de la misma, ha trascendido a nivel internacional, generando no solo críticas, sino hasta risas (como ocurrió en Harvard), por más que se diga que las innovaciones que contiene serán un ejemplo internacional.

Pero no solo se está buscando reformar a la Corte para tenerla controlada y a modo para que no rechace, por ilegales, acciones del Ejecutivo y el Legislativo, sino que ante la posible revisión de lo aprobado por el Constituyente Permanente, quizá no tanto en el fondo -a pesar de los errores y contradicciones que contiene- sino en la forma como se ha realizado. Y digo ante la posible revisión, porque la Suprema Corte no se ha pronunciado, pero tienen tan sucia la conciencia los legisladores de Morena y aliados, que se quieren anticipar reformando la Constitución para limitar las facultades de la Corte e impedir que no solo ahora, sino en el futuro, se pueda revisar lo que apruebe el Congreso. De esta manera, podrían hacer, deshacer y cambiar a capricho la Constitución abusando de su poder revisor.

Estas reformas, como se temía, van construyendo, paso a paso, el camino hacia una dictadura. Son caprichos autoritarios que no están orientados al bien común de la Nación, sino a la satisfacción de ambiciones de poder que a estas alturas ya resultan inocultables. Están tan desbocados, que en su última ocurrencia pretendían reformar el artículo 1º. de la Constitución en perjuicio de la defensa de los derechos humanos. Afortunadamente alguien los hizo entrar en razón y la retiraron. Pero así están, engolosinados con el poder y dispuestos a cualquier cosa. Esto es inaceptable.

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