La Comisión Mexicana de Derechos Humanos A. C., observadora electoral desde que se inició el proceso, fue la primera institución mexicana y a nivel mundial de observar a un órgano jurisdiccional en materia electoral. Así lo ha hecho desde entonces, y en el actual no ha dejado de hacerlo. Sin embargo, en la actual contienda –aún no concluida-, la CMDH dio un paso adelante para exigir el cumplimiento de la Ley respecto de la calificación de la elección presidencial.
Como ya es sabido, existen en la actualidad 36 vacantes de magistraturas electorales locales, seis magistraturas regionales federales y dos en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Eso es resultado de la omisión del Poder Legislativo para hacer las designaciones correspondientes, a pesar de que las propuestas para ello fueron presentadas en tiempo y forma. Se trata de una omisión más de la legislatura actual para cumplir con sus obligaciones. Esto en perjuicio de los derechos políticos de los mexicanos, al introducir elementos de incertidumbre respecto de la autoridad competente para calificar en última instancia, el proceso electoral.
Ante esta omisión, el mismo TEPJF hizo, en febrero pasado, un llamado al Congreso para que se designara a quienes habrían de ocupar los cargos faltantes, entre ellos los dos magistrados de la Sala Superior. La respuesta fue el silencio.
El asunto es grave, ya que para la calificación de la elección presidencial el TEPJF requiere contar, cuando menos, con seis integrantes. Sin embargo, ha venido operando con cinco. Por lo cual es necesario llamar a dos magistrados a que se integren al mismo en suplencia de los ausentes, de manera extraordinaria, de entre los más antiguos de las salas regionales, pero no se ha hecho.
Ante esta situación, la Comisión Mexicana, con el apoyo del despacho de Aguinaco Abogados, presentó un Amparo. El juez Rodrigo de la Peza otorgó lo solicitado y pidió al Tribunal que se hiciera la propuesta de designación de los dos magistrados faltantes, a fin de asegurar la certeza jurídica del proceso. Sin embargo, el Tribunal no sólo se negó a dar curso al Amparo, sino que, además, pidió que se diera un juicio político al juez por “invadir” las funciones electorales que son competencia de dicho organismo.
De inmediato se sumó a la petición la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, pidiendo juicio político contra el juez. ¿Ella no invade las competencias del Poder Judicial?
La actitud del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resulta soberbia en extremo y cuando una disposición judicial le ayudaría a completar el número de magistrados que requiere, lo cual según tengo entendido está dentro de sus facultades de manera supletoria y para el caso específico de la calificación de la elección, rechazó de plano el amparo, con lo cual desprotege a la ciudadanía representada por la Comisión Mexicana de Derechos Humanos A. C.
Resulta, entonces, de acuerdo con el Tribunal y Gobernación, que el Amparo –ya de por sí vapuleado por la actual Administración- tiene topes y hay instituciones que están al margen de restablecer el ejercicio de los derechos humanos protegidos por este instrumento –en este caso los derechos políticos-. Me parece que es falso que la decisión del juez invada las competencias que el Tribunal Electoral tiene en su materia. La exigencia del Amparo era que, precisamente, el TEPJF cuente con la fortaleza necesaria para cumplir su función, pues mientras tanto, la calificación de la elección electoral estaría en el limbo.
Sin embargo, el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, resolvió una queja que había interpuesto el Senado –responsable de la omisión- revocando la suspensión del juez De la Peza. La resolución no se pronunció acerca de la competencia del juez Noveno en Materia Administrativa para conocer el amparo de la CMDH, sino en que en tanto que el TEPJF tiene hasta el 6 de septiembre para la calificación de la elección presidencial, no se advierte un daño inminente porque el Tribunal aún no se haya integrado como es necesario para calificar la elección presidencial. Ese es un criterio jurídico muy distinto a la demagogia de quienes de inmediato pidieron juicio político contra un juez.
Es interesante observar que el Despacho Aguinaco, si no me equivoco, fue el mismo que junto con don Ramón Sánchez Medal –presidente fundador de la Comisión Mexicana de Derechos Humanos- haya presentado el amparo en contra de la expropiación de la Banca por el Presidente José López Portillo en 1982. Amparo que se rescindió porque antes de que fuera analizado la legislatura reformó la Constitución para aprobar, a posteriori, la expropiación. También Don Ramón presentó un amparo por reformas demoledoras a la Constitución. Y, si mal no recuerdo, también Ignacio Burgoa, en su momento, impugnó a la Suprema Corte.
Adicionalmente cabe comentar que la ira contra el juez Rodrigo de la Peza, otorgante del Amparo, tiene como trasfondo que fue secretario de estudio y cuenta de la Ministra Norma Piña, y fue quien otorgó las suspensiones definitivas que frenaron la reforma eléctrica del actual gobierno. ¿Acaso se trata de una nueva venganza del Ejecutivo?
Te puede interesar: Los expertos en Derecho
* Las opiniones expresadas en esta columna son de exclusiva responsabilidad del autor y no constituyen de manera alguna la posición oficial de yoinfluyo.com
Facebook: Yo Influyo