La conciencia de cada persona requiere de una recta formación, pues ella es la norma subjetiva de conducta.
El reconocimiento de los derechos humanos es un adelanto trascendente. Al incluir a todos los seres humanos queda evidente la pertenencia a la misma especie, que asume a todas las razas, sin excluir a nadie por su nacionalidad, educación, estado civil, edad, creencias, profesión u oficio, salud o alguna otra peculiaridad. Se apoyan en el hecho de participar de la misma naturaleza.
Esa Declaración universal excluye cualquier abuso que una persona o un grupo de personas quiera ejercer sobre otra o varias. Por algunos fenómenos sociales ha sido necesario incluir algunas advertencias, para contrarrestar dudas o malas interpretaciones, debidas a necesarias modificaciones en las organizaciones. Por eso, se habla de derechos de primera, segunda, etcétera generación. Pero la esencia de los derechos es invariable, solamente se hace necesaria la concreción.
La proclamación de los Derechos humanos muestra el reconocimiento de la excelencia de pertenecer a la especie humana. Sólo los humanos son capaces de entender esos derechos y saber de su consecuencia: los deberes humanos. El binomio deberes – derechos solamente lo puede comprender y asumir un ser pensante y actuante. Esta advertencia es necesaria para ayudar a entender por qué a ninguna otra especie le compete la dignidad. Por lo tanto, es una muestra de ignorancia hablar de la dignidad de los animales.
No está mal hablar de los derechos de los niños porque nos referimos a una etapa de la vida de los seres humanos, como tampoco está mal hablar de los derechos de los ancianos o de los enfermos. Es adecuado hacerlo debido a que estos sectores presentan aspectos de especial vulnerabilidad, y aunque los derechos no varían, por las limitaciones debidas a la edad, es necesario ayudarles con cuidados específicos. Es evidente que tanto los niños como los ancianos muestran especiales limitaciones para relacionar los deberes con los derechos.
Los deberes de la persona humana se manifiestan en las instituciones a las que pertenecen, en el cumplimiento de las leyes que les corresponden; en su conducta en la sociedad; en su postura ante la cultura, la religión, la tecnología o la ciencia.
Los deberes guardan un equilibrio muy preciso con los derechos. La Declaración Universal necesitó un estudio concienzudo de la naturaleza humana, y a su vez, ellos son el fundamento de los Derechos de las naciones, de las leyes de la humanidad y orientan los dictados de la conciencia de las personas.
Por lo tanto, el modo de resolver los problemas de una Nación tiene repercusiones internacionales. Todo esto muestra que el progreso de la humanidad es global y, que la Constitución por la que se rige cada nación parte de la misma base, la Declaración de los derechos humanos. Cualquier modificación de esas Constituciones debe respetar absolutamente esta Declaración.
La responsabilidad de vivir los Derechos humanos con los niños parte del hecho de que con ellos el niño experimenta en lo más hondo la influencia de las fuerzas morales y espirituales. Eso lo está fortaleciendo para que, al madurar, su voluntad responda afirmativamente a las demandas del bien auténtico. De allí la monumental importancia de hacer a los niños partícipes de los auténticos Derechos. En su momento ellos entenderán los deberes.
Por eso, los padres tienen el deber principal de velar porque sus hijos disfruten de las Derechos humanos. El Estado, a su vez, tiene el deber primario de proteger a la propia población de gozar de los derechos humanos. Si algún Estado no es capaz de garantizarlo, la comunidad internacional ha de intervenir.
La mujer y el hombre, gracias al don de la maternidad y de la paternidad, desempeñan juntos un papel básico respecto a la vida. Desde su concepción, los hijos tienen el derecho de poder contar con el padre y con la madre, que los cuiden y los acompañen en su crecimiento. Por su parte, el Estado debe apoyar con adecuadas políticas sociales todo lo que promueva la estabilidad y la unidad del matrimonio, así como la dignidad y la responsabilidad de los esposos, para facilitar su derecho y su tarea insustituible de educadores de los hijos. También ha de proclamar medidas legislativas y administrativas que sostengan a las familias en sus derechos.
Actualmente por falta de preparación, o por malicia, somos testigos de la promoción de falsos derechos humanos para la niñez, especialmente esto se encuentra en la tendencia a relegar a los padres y en las propuestas y los contenidos educativos en el nivel básico. Estas tendencias se han universalizado, así queda explícito el absurdo deseo de desorientar a la niñez y de deformar su conciencia. Además, es necesario tener claro que los Derechos humanos están por encima de la política.
Ante la precariedad de los niños, los Derechos que los protegen han de incluir los recursos necesarios para su desarrollo físico y espiritual, como agua limpia, alimento, alojamiento y ropa, atención médica y medicinas, pertenencia a una familia, educación, esparcimiento sano…
Una tendencia absurda, promovida en ciertos ambientes para suplir los Derechos universales aplicados a los niños, propone los Derechos autónomos de los niños; como la privacidad, la confidencialidad, la asociación, la información, la expresión sexual. En el fondo se oculta el propósito de alejar a los pequeños de sus padres y de facilitarles algunas tomas de decisiones para las cuales aún no están preparados. Es factible que, con elecciones de envergadura sin tener madurez de criterio, se consiga la adquisición de conductas inapropiadas para la infancia, y lo más grave es la deformación de la conciencia.
La conciencia de cada persona requiere de una recta formación, pues ella es la norma subjetiva de conducta. Si la conciencia está deformada, la conducta de esa persona también será deforme.
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