Sanciones a partidos no son parejas

Los partidos políticos tienen la obligación legal de dar cuentas al Instituto Nacional Electoral (INE) de cómo utilizan los recursos públicos que reciben como prerrogativa para sus actividades; sin embargo, no todos cumplen cabalmente con esta práctica a pesar de estar vigilados por la autoridad electoral que ante el incumplimiento de transparentar sus gastos se hacen acreedores a multas.

El hecho que existan castigos económicos que suelen ser muy costosos no agrada a cualquiera, como es el caso de las personas físicas o morales cuando son sancionadas por alguna omisión, equivocación o acto deliberado para evitar cumplir con sus obligaciones fiscales o empresariales, pero este no parece ser el caso de los partidos políticos.

Recientemente el Instituto Nacional Electoral (INE) puso en la mesa los resultados de una investigación de larga data elaborada por la Unidad Técnica de Fiscalización del mismo instituto, que involucra a militantes de Morena quienes durante esta administración han ocupado cargos públicos.

Según lo encontrado por la unidad fiscalizadora, entre 2017 y 2018 Morena desvío los recursos de una partida destinada a capacitación y desarrollo de mujeres, en cumplimiento de la prerrogativa que obliga a destinar al año tres por ciento de los recursos recibidos, el dinero no se destinó a mujeres, pero sí se empleó presumiblemente para encuestas por lo que los recursos fueron entregados a personajes como Luisa María Alcalde, actual secretaria de Gobernación, así como a Alfredo Ramírez y Marina del Pilar Ávila, gobernadores de Michoacán y Baja California, respectivamente.

Por esta acción, Morena había de haber sido sancionado con una multa de 22.6 millones de pesos, pero finalmente la mayoría del Consejo General del INE decidió no hacerlo.

Sin resolver el fondo

Durante la sesión del INE que se llevó a cabo el 31 de julio, el consejero Martín Faz Mora cuestionó que Morena haya registrado en el Sistema Integral de Fiscalización la utilización de los recursos por concepto de levantamiento de encuestas, durante los ejercicios 2017 y 2018, y que lo que debiera determinarse es si los gastos revestían un objeto partidista o no.

Faz Mora dijo que la investigación sobre este caso mostraba aspectos generales y que no representan planteamientos o aportes novedosos que contribuyan de manera sustantiva y eficaz a las problemáticas que han permeado y obstaculizado el desarrollo y liderazgo político de las mujeres.

“No puedo acompañar la validación de este tipo de egresos porque al tratarse de gastos específicos o etiquetados, esta autoridad debió utilizar parámetros de revisión mucho más estrictos, dado que en la fiscalización de gastos para el desarrollo del liderazgo político de las mujeres, no es suficiente una comprobación formal de los gastos, a través de la presentación de los contratos, facturas, etcétera, sino que es también necesario verificar que éstos representen una aportación sustantiva a este rubro, situación que no acontece en el proyecto que se pone a nuestra consideración”, indicó.

El consejero Faz advirtió que falta claridad en los criterios para la revisión sustantiva de la debida aplicación de los recursos destinados para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres.

“Los criterios y/o estándares de revisión de la Unidad Técnica de Fiscalización en este tipo de investigaciones, no están homologados, ya que en otros ejercicios de revisión de dictámenes, como lo señalé al aprobar los dictámenes del Ejercicio 2022, he advertido casos en los cuales se aplica un rigor sustantivo superior, mientras que en otros los parámetros de revisión son mucho más laxos”, subrayó.

Lo expresado por el consejero Faz Mora no fue considerado por otros consejeros, por lo que la sanción a Morena por el gasto de 22.6 millones de pesos en dos encuestas, simplemente fue retirada.

¿Estás de acuerdo en que el INE utilice criterios diferenciados para sancionar a los partidos que incumplen con la ley?

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