Medicamentos deben surtirse cuando se necesitan, no cuando el gobierno quiera

Con la finalidad de que los medicamentos en el sector salud sean surtidos oportuna y efectivamente, diputados del PAN, PRI y PRD presentaron una iniciativa para que los pacientes obtengan los fármacos cuando los necesiten y no cuando el gobierno federal quiera, y en el caso de que los hospitales o clínicas no los tengan y deban ser adquiridos y pagados por los ciudadanos el gobierno se los reembolse, tal y como lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, impulsor de la propuesta, aseguró que la iniciativa surgió como respuesta a lo que calificó como “propuestas absurdas” como la creación de una megafarmacia que no resolverá el desabasto. Además, afirmó que “tampoco sirve que en el Insabi y en el IMSS-BIENESTAR dejen a cargo del abasto de medicamentos a los amigos de #AndyLópez”.

La iniciativa busca adicionar un artículo 34 Bis a la Ley General de Salud, para dar respuestas viables ante medidas absurdas e ineficaces del gobierno federal, como la creación de una megafarmacia, que no resolverá el desabasto y aumentará los tiempos de traslado de medicinas.

Los diputados aseguraron que la medida inventada por el presidente de la megafarmacia sólo perpetúa la crisis de escasez y contribuye al incremento del gasto de bolsillo de los mexicanos el cual actualmente se sitúa en 38.8 por ciento del gasto total en salud.

En este sentido, destaca que según datos de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2022 del Inegi, analizados por el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), un hogar afiliado al IMSS gasta un promedio de cinco mil 350 pesos al año en gastos privados, para adquirir los medicamentos que el sector público no le otorga. 

Asimismo, indica que el propio gobierno ha reconocido que se dejaron de surtir 45 millones de recetas en estos años

Frente a la persistencia del desabasto de medicamentos, lo que representa un riesgo para la salud e incluso para la vida de miles de mexicanos, los legisladores propusieron que la ley prevea mecanismos para que los pacientes puedan adquirir los fármacos que requieren.

Las instituciones públicas de salud estarán obligadas a reembolsar a los derechohabientes, beneficiarios y población sin seguridad social los gastos en que incurran con motivo de la omisión de servicios y/o de la entrega de insumos para la saluda que tienen derecho a fin de que puedan ejercer su derecho humano a la atención médica ante la institución médica prestadora de los servicios de salud correspondiente.

De manera específica, la iniciativa señala que:

Será procedente el derecho al reembolso de los gastos que hayan tenido que realizar los derechohabientes, beneficiarios y población sin seguridad social para la atención médica preventiva, curativa, rehabilitatoria y paliativa que satisfagan sus necesidades de salud cuando:

Hayan recurrido a servicios privados o sociales de salud por el incumplimiento a que está obligada la institución pública de salud de que se trate; los insumos para la salud estén contenidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, y los medicamentos, los dispositivos médicos, los requerimientos médicos y clínicos, y demás insumos para la salud hayan sido prescritos o indicados por profesionales de las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud.

En un plazo máximo de 90 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto los prestadores de los servicios de salud, establecerán los procedimientos necesarios para el cabal cumplimiento de este Decreto

Las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud financiarán los reembolsos a que refiere este Decreto con los recursos que anualmente se les asignen en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

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