Un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México confirmó la orden que la semana pasada dio una juez para que el Senado designe en lo inmediato a quien deberá sustituir al comisionado del Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), Francisco Javier Acuña, y de esta manera el pleno del organismo pueda sesionar.
El pasado 2 de abril, la juez Celina Angélica Quintero, titular del Juzgado Decimoséptimo en Materia Administrativa de la Ciudad de México, concedió una suspensión provisional a Francisco Ciscomani Freaner, integrante del Consejo Consultivo del Inai, quien promovió un amparo para que el Senado nombrara a un comisionado del Inai.
De esta manera, la juez ordenó a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara Alta proponer al pleno el reemplazo del último comisionado que concluyó su encargo apenas el 31 de marzo, y con el lugar vacante del mismo el pleno del Inai está incapacitado para sesionar, por lo que no puede resolver, entre otras cuestiones, los recursos de revisión que los ciudadanos interpongan en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, así como tampoco proponer sanciones a quienes no cumplan con sus resoluciones.
Una vez conocida esta determinación, la Jucopo interpuso un recurso de queja contra la suspensión, la cual fue declarada infundada este martes por el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México.
El recurso de queja promovido por el Senado fue declarado infundado por magistrados Fernando Silva García, Salvador Alvarado y Martha Ortiz del tribunal colegiado, quienes aseguraron que existe interés público en completar el quórum necesario para que sesione el pleno del Inai, para lo cual al menos requiere de un integrante más para completar a cinco comisionados.
El magistrado Fernando Silva señaló que “ningún poder constituido, en este caso el Senado, tiene facultades para desactivar o inhabilitar, directa o indirectamente, deliberada o accidentalmente, el funcionamiento de un órgano constitucional autónomo de garantía a la transparencia y la protección de datos personales, nacido desde la propia Constitución, como es el Inai”.
Asimismo, el tribunal ratificó la orden que se había dictado al Senado en la que se concedió “la medida cautelar para el efecto de que la Junta de Coordinación Política cese la omisión reclamada, y con base en el dictamen de las Comisiones de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana y de Justicia, por el que se propone el listado de las y los candidatos que reunieron las condiciones de elegibilidad para ocupar el cargo de Comisionado del Inai, acuerde el nombramiento que debe someter al pleno de la Cámara de Senadores”.
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