La idea fundamental del origen de la Constitución puede descubrirse en el significado de la palabra en sí. En la cultura inglesa, “Constitution” significa conjunto de leyes fundamentales. La expresión latina “rem publicam constituere” en América y en Europa expresa la operación de instruir y fundar un Estado apoyado en un estatuto jurídico fundamental. (Cfr. E. J. Couture, “Vocabulario jurídico, Montevideo, 1960, 181).
Por lo tanto, la Constitución presta un servicio jurídico indispensable para la buena marcha de un territorio y facilita la convivencia nacional, supranacional e internacional. Se define como la organización y el ejercicio del poder, para conseguir el bien de todos. Si el resultado es incluir a todas las personas circunscritas en una jurisdicción, la Constitución ha de tratar de cuestiones fundamentales para la convivencia y evitar perderse en la casuística.
La Constitución indica las normas de conducta, es un ordenamiento básico del Estado. Garantiza los derechos y libertades de los individuos y sus grupos. Por lo tanto, se trata de establecer el núcleo constante, real, estructural y político de la Constitución, con un método técnico-jurídico neutral, para descartar cualquier tipo de presión ideológica.
No es aconsejable, aunque sucede, que en una Constitución se incluyan contenidos administrativos, fiscales, y otros asuntos, que son más propios de leyes ordinarias. Esto es una corruptela ocasionada por grupos políticos interesados en asegurar postulados propios de partidos, ideologías, corrientes de opinión o programas.
Para la elaboración de una Constitución hay que evitar la precipitación y dar tiempo a la revisión de expertos, y lograr un documento en donde se fijen las normas básicas de una ley fundamental, sistemática, estricta y codificada. En definitiva, hay que elaborar un documento que no sea instrumental –fácilmente modificable por su pragmatismo–, sino un documento formal que garantice su permanencia, porque va a lo esencial y no se desvirtúa con lo circunstancial.
La Constitución ha de ser realista para impedir que el legislador demande lo que no existe o lo que es imposible de conseguir. Tampoco ha de ser un contrato entre los ciudadanos, porque entonces nace destinada a sufrir constantes enmiendas.
Desgraciadamente, es difícil ir a lo nuclear, porque es difícil evaluar el momento histórico y las tendencias personales. Por eso, si se elabora una Constitución cuando se ha dejado de ser una colonia, se enfatizará la independencia; o cuando se rechaza la monarquía, se enfatiza el espíritu revolucionario; y así ante otras circunstancias. Estudiar la historia de las Constituciones puede dar mucha luz para alejarse de los errores cometidos debido a posturas parciales.
El ideal de una Constitución es contar con un documento sobrio y preciso que garantice el respeto de los Derechos Humanos. Con el apoyo de una Carta Magna de este nivel se dará pie a elaborar leyes concretas que garanticen las demandas justas.
comentarios@yoinfluyo.com
* Las opiniones expresadas en esta columna son de exclusiva responsabilidad del autor y no constituyen de manera alguna la posición oficial de yoinfluyo.com