Distinguir los hechos de las opiniones

La experiencia mexicana nos muestra cuán fácilmente los gobernantes buscan acallar a la prensa crítica.



Unido y solidaridad con el dolor del gremio periodístico por el asesinato de numerosos profesionales en diversos puntos de este país, sin que se esclarezcan los mismos, se haga justicia y se generen las condiciones necesarias para el ejercicio de la profesión, no se puede soslayar, al mismo tiempo, la grave responsabilidad de los informadores y comunicadores en la formación de la opinión pública.

Los temas de libertad de expresión y el ejercicio del periodismo han sido debatidos continuamente debido a que la información y el análisis de los hechos constituyen parte de la vida política de la sociedad. Es una constante de los gobiernos totalitarios buscar por todas las formas posibles, ocultar la información, reprimir la crítica y eliminar empresas o periodistas que se convierten en estorbo o molestia para ellos. La historia del periodismo está plagada de víctimas que pocas veces son reconocidas y, menos aún, se les hace justicia.

Al mismo tiempo, sin embargo, es necesario puntualizar las responsabilidades de los periodistas en el ejercicio profesional de esta tarea que, aunque hoy muchos pretendan asumir esa función gracias a las redes sociales, constituye un privilegio. Una cosa es ser aficionado y otra es ser un profesional. Ciertamente que el derecho a la información es universal, pero también lo es que el profesionalismo es necesario para asegurar que lo que se recibe responda a criterios de verdad y recto juicio.

En el contexto que estamos viviendo, se ha generado una polémica respecto de la exigencia legal de que en los medios electrónicos se distinga entre la información y la opinión. La Cámara que representa a la radiodifusión y numerosos programas en de estos medios, han hecho duras críticas a la legislación y a la resolución de la Suprema Corte de Justicia ratificando esa obligación.

Al respecto, considero que de acuerdo con los principios del Derecho a la Información y de la responsabilidad social de los informadores, la distinción entre los hechos, las ideas y los juicios es necesaria, no porque se considere que los receptores son débiles mentales, como ha dicho un comentarista de la radio, sino porque los comunicadores debemos favorecer la independencia de juicio de quienes reciben la información.

Sin embargo, resulta difícil introducir en las leyes, al menos en el contexto de gobiernos autoritarios y totalitarios, este tipo de disposiciones que se convierten en reglas que mal aplicadas pueden derivar en ataques al derecho a la información en materia periodística, que reclama un ámbito de libertad y autonomía suficientes para cumplir con su labor. La experiencia mexicana nos muestra cuán fácilmente los gobernantes buscan acallar a la prensa crítica.

En el periodismo existen géneros que están orientados, por sí mismos, a distinguir entre la información y la opinión, y esta distinción se ha considerado como uno de los elementos de la objetividad periodística, que si bien no es “químicamente pura”, busca favorecer el libre juicio de los receptores. En el periodismo escrito resulta fácil distinguir una nota, una entrevista, una crónica y un reportaje, de las columnas o artículos de opinión.

De la veracidad de la información dependerán, también, juicios más acertados sobre los hechos, y el profesional, como auxiliar del público en la satisfacción de su derecho a la información, tiene que satisfacer su derecho al hecho como tal.

Lo cierto, es que José Gutiérrez Vivó, exitoso comunicador en su momento, inició una modalidad comunicativa en la radio en la cual muchas veces no se puede distinguir cuándo un conductor está informando y cuándo está opinando o editorializando, pues suelen mezclarse los dos géneros. Y no es que dichos conductores no tengan derecho a hacerlo, simplemente se trata de distinguir los momentos, cosa que no se ha vuelto fácil, pues ese estilo se ha impuesto.

El gremio periodístico ha reconocido esa necesidad y la ha implantado en sus códigos de ética, con lo cual si se aplican no es necesaria una legislación, pues se trataría de un autocontrol útil para todos.

La Agencia Notimex, antes de que entrara en su actual crisis contó con un Consejo Editorial Consultivo plural que redactó un Código de Ética que como todos los de su tipo, es fruto del consenso de profesionales reconocidos. En este código, se recogió esta idea de separar los hechos de la opinión personal. El Código estableció lo siguiente:

Objetividad. La objetividad es el ideal de la información periodística. La información debe difundirse con independencia de la propia manera de pensar del periodista de la Agencia que elabora la información, o del editor, o en general de quien adopte las decisiones editoriales. A fin de garantizar la independencia y libertad de criterio del receptor, quien escribe y quien transmite noticias debe respetar los géneros periodísticos y no mezclar los hechos con su opinión personal, haciendo a un lado intereses religiosos, políticos, económicos o culturales. Al interpretar los hechos, quienes ejercitan los géneros de opinión deben ser respetuosos de los mismos, independientemente de su opinión y de conformidad con este Código de Ética”.

Pero no es el único caso. Por razones de espacio, reproduzco aquí un ejemplo más. En el Código de Ética de El Universal, se encuentra lo siguiente:

“Con el fin de evitar confusiones a los lectores respecto de las notas estrictamente informativas y los artículos de opinión, “El Universal” los diferencia claramente con recursos visuales en el momento de su publicación.”

Llevar a la legislación este propósito y abrir un espacio peligroso para el control gubernamental del periodismo es peligroso y riesgoso, de ahí la preocupación de periodistas y empresas de la radio y la televisión por esta disposición legal. Pero de que es necesaria la distinción antes señalada, es necesaria.

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* Las opiniones expresadas en esta columna son de exclusiva responsabilidad del autor y no constituyen de manera alguna la posición oficial de yoinfluyo.com

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