Ministros, gobierno y asambleístas incapaces
| 17 de Agosto de 2010
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"El Poder Judicial de la Federación representa al guardián de la Constitución, el protector de los derechos fundamentales y el árbitro que dirime las controversias, manteniendo el equilibrio necesario que requiere un Estado de Derecho" (Constitución mexicana). Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es quien encabeza el Poder Judicial de la Federación y no existe autoridad que se encuentre por encima de ella. Está integrada por Ministros que tienen inteligencia y libertad, y que deben tener un conocimiento claro del derecho y la Constitución. Esta institución es fundamental para garantizar la viabilidad y la existencia a largo plazo del Estado, que a su vez impone las normas de convivencia social de las personas que pertenecen a un país, en este caso, nuestro México querido. |
En un mundo en donde impera el relativismo dicho término no puede ser aplicable, ya que un derecho fundamental dependerá del punto de vista de quien lo analice, porque no existe una verdad fundamental. Una norma interpretada bajo el relativismo corre el riesgo de anularse a sí misma, ya que si todo depende del punto de vista de quien lo analice y no existe una norma fundamental, no hay derechos fundamentales. Otra alternativa sería basarnos en la idea (sentido común) de que sí existen verdades y por tanto normas y derechos fundamentales.
La Constitución es un conjunto de derechos y obligaciones recogidas en forma escrita, que pretende, de forma muy limitada pero adecuada, normar la vida de las personas para que en una sociedad haya una convivencia social sana, pero sobre todo viable a largo plazo. Es importante entender que estamos hablando de seres humanos que tienen una historia y la finalidad de su vida siempre está encaminada a ser felices. Estos derechos y normas escritas están hechas para la buena y sana convivencia de las personas, por lo que no cuesta mucho desprender que los derechos fundamentales emanan de la persona, por simple orden lógico de precedencia, ya que es el ser humano quien existe antes que la Constitución y que cualquier documento que norme su vida (las personas son las creadoras de las leyes, las normas y las constituciones). Bajo este orden lógico de ideas, ninguna Constitución puede estar por encima de los derechos naturales del hombre, aquéllos que pertenecen a todos sin distinción y que por lo mismo se vuelven derechos fundamentales. La mayoría de los Ministros de la SCJN votaron en contrasentido de la lógica de la Constitución, pero sobre todo de la lógica del sentido común, argumentando su votación de forma meramente ideológica, basándose en el relativismo.
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