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El texto, que previsiblemente será aprobado a principios de otoño, ya ha sido entregado a las entidades implicadas para que hagan alegaciones. Las críticas no se han hecho esperar: para agrupaciones de familias, proteger de este modo la identidad de las pacientes de clínicas abortistas supone una discriminación para el resto de los pacientes.
Cerco a la inspección
Además, a juicio del Foro de la Familia y del Instituto de Política Familiar, presupone una extralimitación en las funciones de la Fiscalía y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Por si esto fuera poco, aseguran que el sistema de códigos ideado por los Ministerios de Sanidad, Justicia e Igualdad, dificulta la inspección a las clínicas y favorece el fraude fiscal. Pero las clínicas tampoco están satisfechas. Para la Asociación de Clínicas Autorizadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI), no se garantizará la intimidad si, cuando la sanidad pública tiene conciertos con clínicas privadas, las facturas van con el nombre completo.
Así que el borrador no ha gustado a ninguno de los implicados. Pero las más críticas son las asociaciones de familias. Para el vicepresidente del Instituto de Política Familiar, Mariano Martínez-Aedo, con el proyecto “se dificulta enormemente a la Policía y a la Fiscalía (que se supone que no son feroces perseguidores de inocentes mujeres) el seguimiento de posibles delitos”.
Por su parte, el Foro de la Familia considera, en el documento de alegaciones que ha remitido al Gobierno, que la mayor protección a las mujeres que abortan, comprendida en el artículo 1 del proyecto, “discrimina a los usuarios del servicio de salud”. El citado artículo, que determina como objeto de la norma “asegurar la efectiva protección de la intimidad y la confidencialidad en la interrupción voluntaria del embarazo”, es “inadmisible por discriminatorio e inconstitucional”, según el Foro de la Familia. A su juicio, la protección de derechos “que se juzgue razonable, debe extenderse a todos los usuarios del servicio”.
El borrador, además, se refiere al aborto como un derecho. Para las familias esta definición no es válida, pues lo consideran un delito parcialmente despenalizado.
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