Bayer impugnó reforma que autoriza a México adquirir medicinas vía UNOPS

La reforma ha desatado polémica porque el presidente de México ha justificado su necesidad para resolver el desabasto de medicinas.



La farmacéutica alemana Bayer impugnó la reforma que permite a México comprar medicamentos en el extranjero con licitaciones de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS, por sus siglas en inglés).

Información del Poder Judicial disponible reveló que el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México admitió la demanda de amparo de Bayer contra la reforma a la Ley de Adquisiciones con expediente 796/2021, indicó un boletín de la agencia EFE.

“Se admite a trámite la demanda de amparo. Incidente de suspensión: conforme a lo dispuesto por los artículo 115 y 128, fracción I, de la Ley de Amparo, este órgano jurisdiccional ordena la apertura del incidente de suspensión”, indicó el fallo fechado el 18 de junio.

Bayer se mostró inconforme con la reforma promulgada en agosto pasado a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que autoriza al gobierno federal adquirir bienes y servicios de salud con organismos intergubernamentales internacionales.

La reforma ha desatado polémica porque el presidente Andrés Manuel López Obrador ha justificado su necesidad para resolver el desabasto de medicinas, en particular de enfermedades como cáncer y VIH que afronta la sanidad pública desde el inicio de su sexenio.

El gobierno dio a conocer en su último informe, el 27 de mayo, que ha pagado 43 mil millones de pesos a la UNOPS para comprar 730 claves de medicamentos con una licitación en la que hubo 171 empresas participantes y 144 ganadoras.

Ante esto, Bayer, al igual que otras compañías farmacéuticas, han pedido al Poder Judicial declarar inconstitucional la reforma al considerar que viola la competitividad y afecta a los consumidores.

El juzgado que admitió la demanda de la farmacéutica rechazó conceder por ahora una suspensión provisional de la ley, al argumentar que “el orden público y el interés social prevalecen en relación al interés público”.

“Proceder negar la suspensión solicitada, dado que el objetivo de la medida cautelar es paralizar y detener la acción de la autoridad responsable mientras se tramita el amparo”, indicó la resolución.

El Juzgado Cuarto fijó para el 28 de junio la audiencia incidental y para el 4 de agosto la audiencia constitucional.

 

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